Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
El Personero del municipio de Pueblo Rico (Risaralda) le solicitó a la Corporación analizar el eventual incumplimiento de los planes de retorno de las comunidades indígenas de los pueblos Embera Katío y Embera Chamí desplazadas en las ciudades de Bogotá y Cali.
Con base en lo anterior, también pidió dar apertura a un incidente de desacato en contra de las autoridades responsables de dichos planes.
La Sala dispuso requerir al memorialista para que especifique qué orden u órdenes proferidas por la Corporación en el marco del seguimiento al cumplimiento de la Sentencia T-025/04 fueron presuntamente incumplidas y qué autoridades son responsables del cumplimiento de dichos mandatos.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Unico.- REQUERIR, por intermedio de la Secretaria General de la Corte Constitucional, al Personero municipal de Pueblo Rico (Risaralda) para que especifique (i) que orden u ordenes proferidas por esta Corporacion en el marco del seguimiento al cumplimiento de la Sentencia T-025 de 2004 fueron presuntamente incumplidas; y (ii) que autoridades son responsables del cumplimiento de dichos mandatos.
- Lo anterior, dentro del termino de cinco (05) dias contados a partir de la comunicacion de la presente providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.